Los vuelos IB5XXX operados por Vueling: puedes llevar un bulto de 10 Kg. como máximo y que sus medidas no superen los 55x40x20cm. Además, se puede llevar sin cargo extra un solo elemento adicional como puede ser un maletín pequeño o bolso de mujer o una cámara fotográfica o de video.
Estas piezas deben caber en el dispositivo de control de tamaño ubicado en los aeropuertos.
En la puerta de embarque, el equipaje de mano (o accesorio) que incumpla esta normativa, es decir, que exceda la cantidad y/ o medidas indicadas anteriormente, será retirado y cargado en la bodega del avión, con un coste adicional por maleta y trayecto.
Esta medida se aplica a todos los pasajeros IB5XXX que previamente hayan facturado la pieza de equipaje en bodega a la que tienen derecho por la franquicia. Si el pasajero IB5XXX no ha facturado equipaje, el de mano que tenga que ser retirado en puerta de embarque, estará exento del pago.
Vuelos IB26XX operados por Iberia para LEVEL: puedes llevar un bulto de 10 Kg. como máximo con unas medidas que no superen los 56x45x25cm. El equipaje que incumpla esta normativa será retirado en la puerta de embarque y será facturado con un cargo adicional de entre 50-150€ según la franquicia de equipaje incluida en la reserva.
Te aconsejamos comprobar tu franquicia de equipaje si viajas en vuelos IB7XXX, IB4XXX o cualquier otro vuelo operado por otra compañía aérea distinta de Iberia o Iberia Regional Air Nostrum.